El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la ciudad de El Alto, por decisión de sus tres jueces técnicos, se declaró “incompetente” para procesar y juzgar por vía ordinaria a la expresidenta Jeanine Áñez, en el proceso que presentó el Ministerio Público por el caso Senkata, ocurrido durante la crisis política de 2019.
Actualmente, Jeanine Áñez se encuentra privada de libertad en el Centro de Orientación Femenina de Miraflores, cumpliendo una sentencia de 10 años por el caso “Golpe de Estado II”.
La defensa de Áñez habría solicitado la incompetencia del Tribunal de Sentencia Penal Cuarto argumentando que el caso debía ser conocido por el Tribunal Supremo de Justicia, dado su fuero parlamentario como senadora electa.
La resolución se fundamenta en que el instrumento para juzgar a autoridades como el presidente del Estado es la Ley 044. Agrega, además, que las autoridades del Ejecutivo nacional y del Tribunal Supremo Electoral “emanan de las normas promulgadas por Jeanine Añez en su condición de presidenta de Bolivia”, por lo que desconocer esa institucionalidad sería poner en duda la legalidad de dichas autoridades.
Asimismo, el documento establece que los bolivianos habrían terminado aceptando la gestión presidencial cuestionada, “dando pleno consentimiento a las disposiciones esenciales emanadas de la referida autoridad del órgano Ejecutivo”.
Por lo tanto, el Tribunal de Sentencia Cuarto determinó que el caso debía ser remitido al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para su análisis y resolución. Así, este decidiría si el caso debe ser tramitado por la vía ordinaria o si Áñez goza de fuero parlamentario y debe ser juzgada por esa instancia.