Córdoba, España
La mujer acaba de ganar la demanda presentada a su antiguo gimnasio por incluirla a un grupo de Whatsapp sin su permiso.
El hecho se produciría en marzo cuando su antiguo gimnasio, al cual no acudía hace más de 10 años, la incluyó en un grupo junto a una gran cantidad de personas desconocidas.
Preocupada e indignada por desconocer la identidad de la persona que la agregó a ese grupo, decidió presentar una demanda por vulneración de la Ley de Protección de Datos.
En días recientes la Agencia Española de Protección de Datos dijo: “los datos no se pueden conservar más allá del tiempo necesario y por la finalidad por la que se prestaron”, resolviendo el caso a favor de la demandante.
El centro deportivo deberá pagar una multa de 4.000 euros por tres infracciones: Publicar el número de la mujer sin su permiso, conservar datos cuando ya no es clienta y vulnerar la seguridad y confidencialidad de sus datos personales.