William Bascopé aseguró que, ” Lo que acaba de hacer el presidente de Impuestos Nacionales es arbitrario, ilegal e inconstitucional, no puede estar ampliando o creando impuestos a otras actividades que no han sido previstas por ley”
Esto a raíz de la nueva disposición del directorio que añade seis tipos de servicios prestados por Internet a la lista de Actividades Económicas del Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales.
Mario Cazón, presidente del SIN manifiesta que no se busca imponer nuevos impuestos, sino que empresas y personas naturales que usen las plataformas de internet para prestar sus servicios emitan factura.
El abogado constitucionalista dice que a no se pueden sobrepasar las atribuciones de la Asamblea Legislativa al emitir resoluciones contrrarias a la Constitución y las leyes.
Marcelo Durán, docente y consultor en Tecnología de la Información de la Agencia Bithumano, asegura que los impuestos se sumaran al costo final y lo pagarán los consumidores.
“No es un nuevo impuesto, pero es una recategorización que está buscando ampliar la base tributaria y que todos entren al régimen general” explicó Durán.
Roberto Carlo Gil, analista del Instituto Boliviano de Estudios Tributarios dice, “se están cimentando los pasos usuales, que se seguirían, en el supuesto de una ley que pretendió insertar el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por servicios digitales”.
La disposición contempla a negocios como Tigo, Entel, Pedidos Ya, Yaigo, Tigo Money, Superticket, Boa, Tropical Tours y Bolivia cine, quienes usan plataformas digitales para prestar sus servicios.
Para saber más sobre la resolución N.º 102100000020. Ingrese a : https://impuestos.com.bo/clasificacion-actividades-economicas-linea-digitales-rnd-1021-20/